Un acuerdo justo debe aclarar la relación para todas las partes.
1. El propietario conserva su libertad
El propietario elige cómo vender, presenta la vivienda y decide qué propuestas de colaboración acepta. La venta directa entre particulares sigue siendo una opción dentro de las condiciones que efectivamente se hayan acordado.
2. No hay exclusiva automática del inmueble
Publicar una vivienda o presentar a un comprador no reserva automáticamente todo el inmueble a un solo agente. La protección prevista se refiere a una presentación definida, no a cualquier posible comprador.
3. La protección tiene un objeto concreto
El comprador registrado y el inmueble seleccionado delimitan la protección. El plazo acordado fija su duración, de modo que el alcance pueda entenderse sin suposiciones.
4. El comprador consiente expresamente
La colaboración se refiere al comprador acordado y al inmueble correspondiente. Siguen siendo necesarios el consentimiento, la autorización, las condiciones y la revisión individual; la presentación por sí sola no genera derechos.
5. El propietario comprueba los contactos previos
Antes de aceptar un registro, el propietario confirma si ya conoce al comprador. Esta comprobación permite aclarar las circunstancias de la presentación entre ambas partes.
6. El plazo y la remuneración son visibles
La duración de la protección, la remuneración y el hecho que da lugar a la comisión se acuerdan de forma transparente. El pago se vincula al resultado satisfactorio pactado con ese comprador.
7. Los cambios conservan su historial
Los cambios y las confirmaciones relevantes se documentan en el expediente. Así, los participantes autorizados pueden seguir el estado de tramitación.
8. CasaPact no recibe fondos de la operación
CasaPact no recibe importes de compraventa, reserva ni comisiones y no actúa como depositario.
9. Doce idiomas, un entendimiento común
El alemán, el inglés, el español, el francés, el italiano, el portugués (Portugal), el croata, el griego, el esloveno, el maltés, el neerlandés y el turco hacen que CasaPact sea accesible para participantes internacionales. Un lenguaje claro favorece la cooperación; no sustituye el asesoramiento cualificado ni los acuerdos revisados jurídicamente.
10. Cada persona accede a lo que necesita
Propietarios, compradores potenciales y agentes ven la información autorizada para su función. Los datos y documentos privados solo son accesibles para personas autorizadas.
- 01
1. Publicar
El propietario publica el inmueble y elige el modelo de colaboración.
- 02
2. Encontrar una opción
El agente identifica un inmueble adecuado y consulta las condiciones.
- 03
3. Obtener consentimiento
El comprador consiente expresamente su registro para ese inmueble.
- 04
4. Revisar
El propietario revisa el registro y comprueba si ya conoce al comprador.
- 05
5. Aceptar y proteger
La aceptación inicia el plazo de protección acordado para ese comprador y ese inmueble.
- 06
6. Cerrar con éxito
Solo la venta satisfactoria acordada a ese comprador registrado genera la comisión pactada.
Solo están disponibles las funciones habilitadas. Las funciones contractuales no están activas actualmente. No se declara una aprobación jurídica de esta información. No sustituye el asesoramiento jurídico individual ni las comprobaciones necesarias.
