Un acuerdo justo debe aclarar la relación para todas las partes.
01

1. El propietario conserva su libertad

El propietario elige cómo vender, presenta la vivienda y decide qué propuestas de colaboración acepta. La venta directa entre particulares sigue siendo una opción dentro de las condiciones que efectivamente se hayan acordado.

02

2. No hay exclusiva automática del inmueble

Publicar una vivienda o presentar a un comprador no reserva automáticamente todo el inmueble a un solo agente. La protección prevista se refiere a una presentación definida, no a cualquier posible comprador.

03

3. La protección tiene un objeto concreto

El comprador registrado y el inmueble seleccionado delimitan la protección. El plazo acordado fija su duración, de modo que el alcance pueda entenderse sin suposiciones.

04

4. El comprador consiente expresamente

La colaboración se refiere al comprador acordado y al inmueble correspondiente. Siguen siendo necesarios el consentimiento, la autorización, las condiciones y la revisión individual; la presentación por sí sola no genera derechos.

05

5. El propietario comprueba los contactos previos

Antes de aceptar un registro, el propietario confirma si ya conoce al comprador. Esta comprobación permite aclarar las circunstancias de la presentación entre ambas partes.

06

6. El plazo y la remuneración son visibles

La duración de la protección, la remuneración y el hecho que da lugar a la comisión se acuerdan de forma transparente. El pago se vincula al resultado satisfactorio pactado con ese comprador.

07

7. Los cambios conservan su historial

Los cambios y las confirmaciones relevantes se documentan en el expediente. Así, los participantes autorizados pueden seguir el estado de tramitación.

08

8. CasaPact no recibe fondos de la operación

CasaPact no recibe importes de compraventa, reserva ni comisiones y no actúa como depositario.

09

9. Doce idiomas, un entendimiento común

El alemán, el inglés, el español, el francés, el italiano, el portugués (Portugal), el croata, el griego, el esloveno, el maltés, el neerlandés y el turco hacen que CasaPact sea accesible para participantes internacionales. Un lenguaje claro favorece la cooperación; no sustituye el asesoramiento cualificado ni los acuerdos revisados jurídicamente.

10

10. Cada persona accede a lo que necesita

Propietarios, compradores potenciales y agentes ven la información autorizada para su función. Los datos y documentos privados solo son accesibles para personas autorizadas.

  1. 01

    1. Publicar

    El propietario publica el inmueble y elige el modelo de colaboración.

  2. 02

    2. Encontrar una opción

    El agente identifica un inmueble adecuado y consulta las condiciones.

  3. 03

    3. Obtener consentimiento

    El comprador consiente expresamente su registro para ese inmueble.

  4. 04

    4. Revisar

    El propietario revisa el registro y comprueba si ya conoce al comprador.

  5. 05

    5. Aceptar y proteger

    La aceptación inicia el plazo de protección acordado para ese comprador y ese inmueble.

  6. 06

    6. Cerrar con éxito

    Solo la venta satisfactoria acordada a ese comprador registrado genera la comisión pactada.

Solo están disponibles las funciones habilitadas. Las funciones contractuales no están activas actualmente. No se declara una aprobación jurídica de esta información. No sustituye el asesoramiento jurídico individual ni las comprobaciones necesarias.